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Secretario del H. Ayuntamiento Imprimir E-Mail
Escrito por moracceso   
domingo, 18 de enero de 2009

 

                                           Lic. Gonzalo Hernández Reséndiz

          Domicilio:Palacio Municipal s/n. Doctor. Mora Gto.

                          Telefono:19 3-00-62 ext 217

                                        Funciones

 

I.      Citar a las sesiones del Ayuntamiento, en los términos de la Ley y este Reglamento; 

II.     Asistir a las sesiones del Ayuntamiento con voz, pero sin voto;  

III.    Presidir los debates del Ayuntamiento en ausencia del Presidente Municipal;  

IV.    Fungir como Secretario de Actas en las sesiones del Ayuntamiento, llevando los libros o folios que autorice el mismo, los cuales deberán rubricarse en todas y cada una de las hojas y autorizarse al final de cada acta;  

V.     Cumplir y hacer cumplir los acuerdos, órdenes y circulares que el Ayuntamiento apruebe y no estén encomendadas a otra dependencia, así como citar a los funcionarios que haya acordado el Ayuntamiento;  

VI.    Organizar dirigir y controlar el Archivo Municipal y la correspondencia oficial;  

VII.   Expedir por acuerdo del Ayuntamiento o del Presidente Municipal, copias certificada de documentos y constancias del archivo, de los acuerdos asentados en los libros de actas, siempre que el solicitante acredite tener un interés legitimo y no perjudique el interés público;  

VIII.  Compilar las Leyes, Decretos, Reglamentos, Periódicos Oficiales del Gobierno del Estado, circulares y órdenes relativas a los distintos sectores de la Administración Pública Municipal;  

IX.    Formar y actualizar el padrón municipal cuidando que se inscriban todos los habitantes del Municipio, expresando todos sus datos de identificación y los de sus propiedades; así como integrar y mantener actualizado el padrón de las asociaciones de habitantes existentes en el Municipio;  

X.     Expedir constancias de residencia que soliciten los habitantes del Municipio;  

XI.    Autentificar con su firma los acuerdos y comunicaciones del Ayuntamiento y del Presidente Municipal;  

XII.   Entregar al término de su gestión, los libros y documentos que integrarán el archivo municipal, en acta circunstanciada, en los términos de la entrega - recepción previstos en la Ley ;  

XIII.  Realizar los trámites que correspondan para ejecutar los acuerdos, que establezca el Presidente Municipal;  

XIV.  Implementar los sistemas de atención ciudadana y gestoría social, atendiendo y canalizando a las personas y a sus peticiones a las dependencias correspondientes; dar seguimiento a las peticiones para su mejor solución.  

XV.   Informar al Presidente y a los funcionarios municipales de las demandas y quejas de los ciudadanos que se proporcionen en los medios de información para su solución;  

XVI.  Las demás que le confiera las Leyes, Reglamentos, Bandos Municipales y acuerdos de Ayuntamiento.  

Modificado el ( domingo, 18 de enero de 2009 )
 
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