Lic. Gonzalo Hernández Reséndiz
Domicilio:Palacio Municipal s/n. Doctor. Mora Gto.
Telefono:19 3-00-62 ext 217
Funciones
I. Citar a las sesiones del Ayuntamiento, en los términos de la Ley y este Reglamento;
II. Asistir a las sesiones del Ayuntamiento con voz, pero sin voto;
III. Presidir los debates del Ayuntamiento en ausencia del Presidente Municipal;
IV. Fungir como Secretario de Actas en las sesiones del Ayuntamiento, llevando los libros o folios que autorice el mismo, los cuales deberán rubricarse en todas y cada una de las hojas y autorizarse al final de cada acta;
V. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos, órdenes y circulares que el Ayuntamiento apruebe y no estén encomendadas a otra dependencia, así como citar a los funcionarios que haya acordado el Ayuntamiento;
VI. Organizar dirigir y controlar el Archivo Municipal y la correspondencia oficial;
VII. Expedir por acuerdo del Ayuntamiento o del Presidente Municipal, copias certificada de documentos y constancias del archivo, de los acuerdos asentados en los libros de actas, siempre que el solicitante acredite tener un interés legitimo y no perjudique el interés público;
VIII. Compilar las Leyes, Decretos, Reglamentos, Periódicos Oficiales del Gobierno del Estado, circulares y órdenes relativas a los distintos sectores de la Administración Pública Municipal;
IX. Formar y actualizar el padrón municipal cuidando que se inscriban todos los habitantes del Municipio, expresando todos sus datos de identificación y los de sus propiedades; así como integrar y mantener actualizado el padrón de las asociaciones de habitantes existentes en el Municipio;
X. Expedir constancias de residencia que soliciten los habitantes del Municipio;
XI. Autentificar con su firma los acuerdos y comunicaciones del Ayuntamiento y del Presidente Municipal;
XII. Entregar al término de su gestión, los libros y documentos que integrarán el archivo municipal, en acta circunstanciada, en los términos de la entrega - recepción previstos en la Ley ;
XIII. Realizar los trámites que correspondan para ejecutar los acuerdos, que establezca el Presidente Municipal;
XIV. Implementar los sistemas de atención ciudadana y gestoría social, atendiendo y canalizando a las personas y a sus peticiones a las dependencias correspondientes; dar seguimiento a las peticiones para su mejor solución.
XV. Informar al Presidente y a los funcionarios municipales de las demandas y quejas de los ciudadanos que se proporcionen en los medios de información para su solución;
XVI. Las demás que le confiera las Leyes, Reglamentos, Bandos Municipales y acuerdos de Ayuntamiento.