Contraloría Municipal

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Contralor_municipal

Lic. Norma Kena Tapia Esqueda

CONTRALORA MUNICIPAL.

 

Función.- Vigilar el desempeño de las funciones de los servidores públicos de la presente administración, asi como la correcta aplicación del gasto público y verificar que la obra pública se apegue conforme a las leyes aplicables.

 

Para atención a la ciudadania contamos con correo electronico Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla , via telefonica 419 19

3 02 46 0 19 3 01 15 ext 210 y oficina de a Contraloría Municipal, ubicada en palacio municipal s/n, col. Centro de Dr.Mora.

 

 Son atribuciones del contralor municipal: 

 I.- Presentar al Ayuntamiento un plan de trabajo anual, durante el mes de enero;

 II.- Proponer y aplicar normas y criterios en materia de control y evaluación, que deban observar las dependencias y entidades de la administración pública municipal;

 III.‑ Verificar el cumplimiento del plan municipal de desarrollo, del plan de gobierno municipal y de los programas derivados de éste último;

 IV.‑ Realizar visitas y auditorías periódicamente a las dependencias y entidades de la administración pública municipal, y en su caso, promover las medidas necesarias para corregir las deficiencias detectadas;

 V.‑ Vigilar la correcta aplicación del gasto público;

 VI.‑ Presentar bimestralmente al Ayuntamiento un informe de las actividades de la contraloría municipal, señalando las irregularidades que se hayan detectado en el ejercicio de su función;

 VII.‑ Verificar que la administración pública municipal, cuente con el registro e inventario actualizado de los bienes muebles e inmuebles del Municipio;

 VIII.‑ Vigilar que las adquisiciones, enajenaciones y arrendamientos de los bienes muebles e inmuebles que realice el Ayuntamiento y la prestación de servicios públicos municipales, se supediten a lo establecido por esta Ley;

 IX.‑ Vigilar que la obra pública municipal se ajuste a las disposiciones de la Ley de Obra Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato y demás disposiciones aplicables en la materia;

 X.‑ Establecer y operar un sistema de quejas, denuncias y sugerencias;

 XI.‑ Participar en la entrega ‑recepción de las dependencias y entidades de la administración pública municipal;

 XIl.- Verificar los estados financieros de la tesorería municipal, así como revisar la integración, la remisión en tiempo y la solventación de observaciones de la cuenta pública municipal;

 XIII.‑ Vigilar el comportamiento de la situación patrimonial de los servidores públicos municipales, en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato;

 XIV.‑ Vigilar el desarrollo administrativo de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, a fin de que en el ejercicio de sus funciones apliquen con eficiencia los recursos humanos y patrimoniales;

 XV.‑ Vigilar que el desempeño de las funciones de los servidores públicos municipales, se realice conforme a la Ley;

 XVI.‑ Proponer al personal que haya de ser contratado para auxilio en el desempeño de sus funciones; y

 XVII.‑ Las demás que le confiera ésta u otras leyes, reglamentos, bandos municipales y acuerdos de Ayuntamiento.